La corte alemana falla contra Quad9 en la primera audiencia frente a Sony Music

Quad9 dio a conocer hace poco la noticia de que se ha emitido un fallo judicial sobre una apelación presentada en respuesta a una orden judicial para bloquear sitios pirateados al nivel de los resolutores de DNS públicos de Quad9.

El tribunal se negó a admitir la apelación y no aceptó la solicitud de suspensión de la medida cautelar emitida anteriormente en el caso presentado por Sony Music. Representantes de Quad9 dijeron que no se detendrán e intentarán apelar la decisión en un tribunal superior, así como presentar una apelación en defensa de los intereses de otros usuarios y organizaciones que puedan verse afectados por tales bloqueos.

El problema se remonta a que Sony Music ha tomado la decisión en Alemania de bloquear los nombres de dominio encontrados para distribuir contenido musical que infringe los derechos de autor. El bloqueo fue prescrito para ser implementado en los servidores del servicio DNS Quad9, sirviendo, entre otras cosas, al resolutor de DNS público «9.9.9.9» y los servicios «DNS over HTTPS» («dns.quad9.net/dns-query/ «) y» DNS sobre TLS «(» dns.quad9.net «).

La orden de bloqueo se emitió a pesar de la falta de comunicación directa entre la organización sin fines de lucro Quad9 y los sitios y sistemas bloqueados que distribuyen dicho contenido, únicamente sobre la base de que resolver los nombres de los sitios pirateados a través del DNS contribuye a la infracción de los derechos de autor de Sony.

El Tribunal Regional de Hamburgo dictaminó hoy que no suspenderán una orden judicial existente contra Quad9 en un caso presentado por Sony Music Alemania. El caso se centra en la demanda de Sony Music de que los servidores de Quad9 ubicados en Alemania dejen de resolver nombres DNS de sitios de terceros que, según se afirma, tienen URL que contienen infracciones de derechos de autor.

Quad9 presentó una objeción a principios de este año y, como resultado de este fallo, Quad9 tiene la intención de continuar con la oposición a la orden judicial en un tribunal superior y presentará una apelación en una prórroga.

Quad9 considera que la solicitud de bloqueo es ilegal, ya que los nombres de dominio y la información procesada por Quad9 no están sujetos a infracción de derechos de autor por parte de Sony Music, no hay datos que infrinjan los derechos de autor en los servidores de Quad9, Quad9 no es directamente responsable de las actividades de piratería de otras personas y sus negocios: relaciones con distribuidores de contenido pirateado. En opinión de Quad9, no se debería permitir a las corporaciones la capacidad de obligar a los operadores de infraestructura de red a censurar sitios.

La posición de Sony Music es que Quad9 ya proporciona bloqueo de dominios que distribuyen malware y están atrapados en phishing en su producto. Quad9 promueve el bloqueo de sitios problemáticos como uno de los atributos del servicio, por lo tanto, también debe bloquear los sitios pirateados como uno de los tipos de contenido que viola la ley. Si no se cumple el requisito de bloqueo de la organización Quad9, se impondrá una multa de 250 mil euros.

A pesar de que los titulares de derechos de autor han practicado durante mucho tiempo el bloqueo de enlaces a contenido sin licencia en los motores de búsqueda, los representantes de Quad9 consideran que cambiar el bloqueo hacia el lado de los servicios DNS de terceros es un precedente peligroso que puede tener consecuencias de gran alcance (el siguiente paso podría será el requisito de integrar el bloqueo de sitios pirateados en navegadores, sistemas operativos, software antivirus, cortafuegos y cualquier otro sistema de terceros que pueda afectar el acceso a la información).

Para los titulares de derechos de autor, el interés en obligar a los servidores DNS a implementar el bloqueo se debe al hecho de que los usuarios utilizan estos servicios para eludir los filtros DNS de contenido pirateado instalados por proveedores pertenecientes a la coalición «Clearing Body for Copyright on the Internet».

Finalmente si estás interesado en conocer más al respecto, puedes consultar los detalles en el siguiente enlace.


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